A continuación puedes ver una serie de preguntas frecuentes que pueden ayudar a comprender mejor nuestra actividad. 

 

 

1. ¿Qué es un Estudio Geotécnico?

 

El estudio geotécnico es el conjunto de actividades que permiten obtener la información geológica y geotécnica del terreno, necesaria para la redacción de un proyecto de construcción. Se realiza previamente al proyecto de un edificio y tiene por objeto determinar la naturaleza y propiedades del terreno, necesarios para definir el tipo y condiciones de cimentación.

 2. ¿Es obligatorio la realización de un Estudio Geotécnico?

 

Desde el punto de vista legal, desde la entrada en vigor del nuevo código técnico de la edificación, en 2007, es totalmente obligatorio. Así pues, en el apartado 1.1 Ámbito de aplicación del Documento básico DB SE-C Seguridad estructural. Cimientos, se dice:

El ámbito de aplicación de este DB SE-C es el de la seguridad estructural, capacidad portante y aptitud al servicio, de los elementos de cimentación y, en su caso, de contención de todo tipo de edificios, en relación con el terreno, independientemente de lo que afecta al elemento propiamente dicho, que se regula en los Documentos Básicos relativos a la seguridad estructural de los diferentes materiales o la instrucción EHE.

Por tanto, es obligatorio la realización de un estudio geotécnico para cualquier obra que posea cimentación.

Se debe tener en cuenta que sin un estudio geotécnico pueden aparecer diversos problemas que deberá encarar el proyecto en relación con el terreno derivados de la falta de conocimiento sobre el comportamiento del suelo, a consecuencia de los cuales el coste de la obra se incrementa por un innecesario sobredimensionado (en cimientos, estructuras de contención, taludes provisionales o definitivos, etc), incluso llegando a poner en peligro su seguridad.

3. ¿Quién puede realizar un estudio geotécnico?

 

Un estudio geotécnico lo debe realizar una empresa que cuente con los medios necesarios, tanto de investigación in situ, como de un laboratorio totalmente equipado para la realización de ensayos del terreno, y naturalmente, ha de estar acreditada por la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía. El estudio deberá ser redactado y supervisado por técnico especializado (Licenciatura en Geología, Ingeniería de caminos, canales y puertos y estudios superiores de arquitectura).

Se debe prestar especial atención a la proliferación de empresas y consultoras que realizan este tipo de estudios sin la pertinente acreditación de la Junta de Andalucía, por lo que previamente a la contratación de un estudio geotécnico, el peticionario deberá informarse si la empresa cuenta con los medios necesarios y si se está en posesión de dicha acreditación.

 

 4. ¿Todos los estudios geotécnicos son iguales?

 

El estudio geotécnico puede ser muy variable, ya que la amplitud e intensidad de las prospecciones no sólo depende del tamaño de la parcela, o de los m2 edificables; sino más bien habrá de establecerse según dos conjuntos de variables: el tipo estructural, geometría y dimensiones de la edificación; y las características geotécnicas y disposición interna de las capas del terreno.

En todo caso, es el nuevo código técnico de la edificación (Documento Básico – Seguridad Estructural –Cimientos) el que rige que tipo de pruebas, que número y la profundidad que han de alcanzar, en función del tipo de construcción y del tipo de terreno.

5. ¿Qué debe contener un estudio geotécnico?

 

 

Para el proyectista, el terreno (con su topografía, paisaje y características geotécnicas) ha de ser un elemento más en el diseño de la edificación. Además, su estudio aporta una serie de datos necesarios para el cálculo de las estructuras.

Por su parte, necesariamente el informe del estudio geotécnico ha de expresar y analizar los datos obtenidos (del proyecto, del terreno y del laboratorio) con el fin de emitir y justificar adecuadamente una serie de conclusiones, relativas al comportamiento del terreno como soporte de la edificación.

En este sentido, hay una serie de aspectos destacables de un estudio geotécnico bien realizado, de los cuales puede beneficiarse el proyectista:

  • El subsuelo de la parcela aparece “radiografiado” mediante una serie de perfiles geotécnicos, donde se indican las distintas capas del subsuelo y su disposición espacial.
  • Cada capa (o cuerpo de terreno) tiene una denominación geológica concreta y, de forma sintética, se encuadra en una clasificación unificada de suelos (ASTM). Esta clasificación lleva emparejado un comportamiento geomecánico concreto.
  • A cada capa (o cuerpo de terreno) se le asignan una serie de propiedades geotécnicas (humedad, peso especÍfico, índice de plasticidad, número N del SPT, datos de los ensayos de penetración, cohesión, ángulo de rozamiento interno, etc.) A partir de ellas se ha calculado la carga admisible de los niveles de apoyo y, en su caso, los asientos previsibles del terreno frente a las cargas del edificio.
  • Si se dibujan en alzado los niveles de excavación, o de apoyo de los cimientos, sobre los perfiles geotécnicos, se puede obtener una idea de la configuración e influencia del terreno bajo la cimentación y sobre las paredes de la excavación.
  • Diversas apreciaciones sobre el grado de excavabilidad del terreno, o la estabilidad a corto plazo de los taludes, lo cual permite definir el método de excavación más adecuada (y su coste) y la eventual necesidad de elementos de contención, agresividad del terreno y de las aguas subterráneas, parámetros sísmicos, etc.
  • Por último, la presencia de un nivel freático poco profundo en la parcela (y sus variaciones) no pueden coger desprevenido al proyectista. Su conocimiento previo permite incluir en el proyecto sistemas adecuados de impermeabilización o drenaje. Y, en ocasiones, la presencia de agua hace necesario el empleo de procedimientos especiales durante la excavación de los sótanos (bombas de achique, muros pantalla, etc.)